Por Carlos Vilchez Navamuel
La noticia publicada hace un par de días en los principales periódicos de habla hispana “corrió” como pólvora, el Tribunal Supremo de Justicia Venezolano en el exilio condenó a Nicolás Maduro a 18 años y 3 meses de prisión.
Esto nos satisface, porque este Tribunal en el exilio cumple así su función, tiene potestades que la Asamblea Nacional elegida por el pueblo le otorgó. Así lo confirma el escritor y periodista Carlos Alberto Montaner en un artículo que fue publicado el pasado 17 de agosto en el Nuevo Herald que dice: “El TSJ está facultado para actuar de la manera que lo hizo. Los fallos los reconocen la OEA y el Parlamento Europeo. Acusó la Fiscal General, Luisa Ortega, una conversa a la democracia con un turbio pasado de persecuciones a la que la oposición, inteligentemente, le ha dado la bienvenida, acaso porque no hay muchos venezolanos libres del pecado original chavista. Los 33 magistrados del TSJ fueron nombrados por la Asamblea Nacional, como manda la Constitución vigente. El problema es que todos han tenido que exiliarse. La Carta Magna, que Chávez calificaba como “la Bicha”, y aseguraba que era la mejor Constitución del planeta, no especifica dónde debe radicar el TSJ”. https://www.elnuevoherald.com/opinion-es/opin-col-blogs/carlos-alberto-montaner/article216919895.html
El periódico español, El Mundo publicó la noticia con el siguiente encabezado: El Supremo venezolano en el exilio condena a 18 años de cárcel a Nicolás Maduro por corrupción. La nota explica entre otras cosas que “El Tribunal Supremo de Venezuela en el exilio, reunido en Bogotá, condenó a Nicolás Maduro a dieciocho años de cárcel por aceptar sobornos de millones de dólares de la constructora brasileña Odebrecht a cambio de concederle obras de infraestructura que ni siquiera realizaron. Los magistrados dieron por válido el cúmulo de pruebas que presentó la ex Fiscal General, Luisa Ortega, a lo largo de seis audiencias, para demostrar que fue Maduro quien recibió 35 millones de dólares, destinados en buena parte a la campaña de reelección de Hugo Chávez de 2012, cuando era su ministro de Exteriores. El fallo, leído por el juez ponente, Rommel Gil, le acusa de "corrupción propia y legitimación de capitales" y afirma que no se trata de un juicio político sino "legítimo".
Y añade “Pese a la contundencia de la sentencia, no deja de ser un acto simbólico puesto que el régimen chavista sólo reconoce al Tribunal Supremo que legisla en Venezuela, que Maduro conformó con jueces de bolsillo. Para sus opositores, sin embargo, supone un paso más en el camino de aislar por completo a la dictadura de las naciones en donde impera el estado de Derecho. Además de la prisión, deberá pagar una multa de veinticinco millones de dólares por el delito de corrupción y resarcir a su país con otros treinta y cinco mil millones de dólares por legitimación de capitales. La sentencia refuerza la solicitud que ya había formulado el Supremo a Interpol de emitir una orden de captura internacional”. http://www.elmundo.es/internacional/2018/08/16/5b7595cd468aeb97688b462a.html
Las preguntas brotan como manantial en invierno: ¿Se le puede llamar presidente a Maduro después de esta sentencia? ¿Qué hará la comunidad internacional ante este hecho sin precedentes en la historia política Latinoamericana? ¿Se pronunciarán los actuales presidentes de Latinoamérica y demandarán la renuncia de Maduro? ¿Aplicarán la orden de captura internacional contra el ahora condenado por este tribunal?
La noticia publicada hace un par de días en los principales periódicos de habla hispana “corrió” como pólvora, el Tribunal Supremo de Justicia Venezolano en el exilio condenó a Nicolás Maduro a 18 años y 3 meses de prisión.
Esto nos satisface, porque este Tribunal en el exilio cumple así su función, tiene potestades que la Asamblea Nacional elegida por el pueblo le otorgó. Así lo confirma el escritor y periodista Carlos Alberto Montaner en un artículo que fue publicado el pasado 17 de agosto en el Nuevo Herald que dice: “El TSJ está facultado para actuar de la manera que lo hizo. Los fallos los reconocen la OEA y el Parlamento Europeo. Acusó la Fiscal General, Luisa Ortega, una conversa a la democracia con un turbio pasado de persecuciones a la que la oposición, inteligentemente, le ha dado la bienvenida, acaso porque no hay muchos venezolanos libres del pecado original chavista. Los 33 magistrados del TSJ fueron nombrados por la Asamblea Nacional, como manda la Constitución vigente. El problema es que todos han tenido que exiliarse. La Carta Magna, que Chávez calificaba como “la Bicha”, y aseguraba que era la mejor Constitución del planeta, no especifica dónde debe radicar el TSJ”. https://www.elnuevoherald.com/opinion-es/opin-col-blogs/carlos-alberto-montaner/article216919895.html
El periódico español, El Mundo publicó la noticia con el siguiente encabezado: El Supremo venezolano en el exilio condena a 18 años de cárcel a Nicolás Maduro por corrupción. La nota explica entre otras cosas que “El Tribunal Supremo de Venezuela en el exilio, reunido en Bogotá, condenó a Nicolás Maduro a dieciocho años de cárcel por aceptar sobornos de millones de dólares de la constructora brasileña Odebrecht a cambio de concederle obras de infraestructura que ni siquiera realizaron. Los magistrados dieron por válido el cúmulo de pruebas que presentó la ex Fiscal General, Luisa Ortega, a lo largo de seis audiencias, para demostrar que fue Maduro quien recibió 35 millones de dólares, destinados en buena parte a la campaña de reelección de Hugo Chávez de 2012, cuando era su ministro de Exteriores. El fallo, leído por el juez ponente, Rommel Gil, le acusa de "corrupción propia y legitimación de capitales" y afirma que no se trata de un juicio político sino "legítimo".
Y añade “Pese a la contundencia de la sentencia, no deja de ser un acto simbólico puesto que el régimen chavista sólo reconoce al Tribunal Supremo que legisla en Venezuela, que Maduro conformó con jueces de bolsillo. Para sus opositores, sin embargo, supone un paso más en el camino de aislar por completo a la dictadura de las naciones en donde impera el estado de Derecho. Además de la prisión, deberá pagar una multa de veinticinco millones de dólares por el delito de corrupción y resarcir a su país con otros treinta y cinco mil millones de dólares por legitimación de capitales. La sentencia refuerza la solicitud que ya había formulado el Supremo a Interpol de emitir una orden de captura internacional”. http://www.elmundo.es/internacional/2018/08/16/5b7595cd468aeb97688b462a.html
Las preguntas brotan como manantial en invierno: ¿Se le puede llamar presidente a Maduro después de esta sentencia? ¿Qué hará la comunidad internacional ante este hecho sin precedentes en la historia política Latinoamericana? ¿Se pronunciarán los actuales presidentes de Latinoamérica y demandarán la renuncia de Maduro? ¿Aplicarán la orden de captura internacional contra el ahora condenado por este tribunal?
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